Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2013-L
Fecha: 28-Jun-2013
3º
3º Llamar la atención al Tribunal de garantías por el retraso en la tramitación de la presente acción de amparo constitucional conforme prevé el art. 129.III. de la CPE, y art. 56 (NORMA ESPECIAL DE PROCEDIMIENTO), del CPCo, de persistir estos hechos se remitirán antecedentes al Consejo de la Magistratura par su investigación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- : 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- III.3 Análisis del caso concreto
- “ la acción de
- 1º
- 3º