SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

denegó

El Juez Quinto de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 05/11 de 20 de septiembre de 2011, cursante de fs. 50 vta. a 53, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) Fue la propia accionante que provocó que su aprehensión se dilatara por mayor tiempo al permitido por ley, toda vez que ella fue quien interpuso varias recusaciones contra los diferentes Jueces de Instrucción en lo Penal que tenían que resolver su situación jurídica; b) El efecto de la recusación está previsto por el art. 321 del CPP, que establece que promovida la recusación contra el Juez de la causa, éste no podrá realizar ningún acto bajo sanción de nulidad y una vez que la recusación sea aceptada la separación del Juez será definitiva. Ello implica que el proceso debe ser tramitado por otra autoridad de igual jerarquía; c) Las Fiscales codemandadas cumplieron estrictamente su rol dentro del marco legal establecido por el art. 226 del citado Código; y, d) Los Jueces demandados fueron impedidos por la propia accionante, para ejercer el control jurisdiccional que la ley les exige, lo cual demuestra que las referidas autoridades no vulneraron el derecho que reclama la misma.