Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2013
Fecha: 03-Jun-2013
II.1.
II.1. Mediante circular 004/2008 de 16 de abril de 2008, dirigido a los Oficiales Mayores, Secretarías, Direcciones de Áreas, Dirección Administrativa del Concejo Municipal, Jefaturas de Departamento, Servidores y Trabajadores Municipales del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, la Directora de RR.HH. de dicha entidad puso a conocimiento la Resolución Municipal 070/2008 de 8 de abril, sobre inicio de proceso interno de responsabilidad administrativa (fs. 10 a 12) y el 29 de abril del mismo año por circular 05/2008 sobre cumplimiento de régimen disciplinario según reglamento interno de personal (fs. 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Servidores públicos de carrera y provisorios
- III.3. Situación de los funcionarios provisorios en el ámbito municipal
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR