Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2013
Fecha: 03-Jun-2013
II.6.
II.6. Cursan memorándums 036r/2012 de 30 de enero, 333r/2012 y 334r/2012 ambos de 17 de septiembre y 205r/2012 de 28 de mayo, mediante los cuales el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, dió por concluida la relación laboral con los ahora accionantes Claudia Verónica Guzmán Reyes, Maura del Consuelo Anaya, Eraldo Cortez Peinado y María Isabel Martínez Leaño, alegando la aplicación del art. 44.6 de la LM (fs. 2 a 9).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Servidores públicos de carrera y provisorios
- III.3. Situación de los funcionarios provisorios en el ámbito municipal
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR