SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0711/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0711/2013

Fecha: 03-Jun-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 9 de enero de 2013, se llevó a cabo la audiencia de consideración de la cesación a la detención preventiva, y al no estar de acuerdo con lo resuelto en dicha audiencia apeló dentro del plazo previsto por ley; empero, hasta la fecha de interposición de la presente acción ha transcurrido más de un mes, sin que se cumpla lo establecido en el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que señala: “Interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante la Corte Superior de Justicia, en el término de veinticuatro (24) horas”.