SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0755/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0755/2013

Fecha: 07-Jun-2013

2.

2.  Por otra parte, con referencia al derecho a la inamovilidad funcionaria alegado en esta acción, es pertinente en principio señalar que el accionante tiene la calidad de funcionario de libre nombramiento, el mismo que no se encuentra sujeto a la Ley General del Trabajo ni al Estatuto del Funcionario Público, conforme se tiene establecido en el art. 59.2 de la Ley de Municipalidades (LM), concordante con el art. 13 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal (NBSAP), aprobadas por DS 26115 de 16 de marzo de 2001; sin embargo, de conformidad con lo establecido en el art. 233 de la CPE, es considerado como servidor público, al señalar: “Son servidoras y servidores públicos las personas que desempeñan funciones públicas. Las servidoras y los servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñen cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento”.

En ese contexto, a los efectos de considerar la inamovilidad funcionaria, debemos señalar que, conforme se tiene glosado en el Fundamento Jurídico III.4 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, el Estado no solamente protege el ejercicio del trabajo en todas sus formas, siendo por lo mismo las disposiciones sociales y laborales de cumplimiento obligatorio; sino también protege la estabilidad laboral de todo miembro de la sociedad, garantizando la inamovilidad laboral tanto de las mujeres en estado de embarazo, como de los progenitores hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad; de lo que se infiere que el Estado boliviano, garantiza y protege el derecho a la vida, a la salud y consecuentemente el derecho a la seguridad social del niño o niña o ser en gestación, desde su concepción hasta que cumpla un año de vida, extremos que se hallan refrendados por el DS 0012, que establece la inamovilidad laboral de la madre y/o padre progenitores, sea cual fuere su estado civil.