SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0798/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0798/2013

Fecha: 11-Jun-2013

III.2. El recurso de reconsideración en el ámbito municipal. Su análisis enmarcado al principio de subsidiariedad aplicable a la acción de amparo constitucional

En el ámbito municipal, de acuerdo a la disposición derogatoria segunda de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD), en el actual contexto jurídico, es aplicable el art. 22 de la LM, el cual de manera taxativa, establece lo siguiente: "El Concejo Municipal, a instancia de parte o del Alcalde Municipal, por el voto de dos tercios del total de sus miembros, podrá reconsiderar las Ordenanzas y Resoluciones Municipales".