SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2013

Fecha: 11-Jun-2013

II.4.

II.4.  De acuerdo al representante, el referido Auto Supremo vulnera los derechos fundamentales del accionante; toda vez que -según él-, las autoridades demandadas no efectuaron un correcto análisis de la norma prevista por el art. 307.1 del CPP.1972; y, con el argumento de que no se cumplieron con ciertas formalidades, decidieron no ingresar a considerar el fondo del asunto, cuando lo “correcto” era que se pronuncien en el fondo mismo del recurso; por lo que, finalmente el 20 de diciembre de 2012, presenta esta acción, con los argumentos antes referidos (fs. 21 a 28 vta.).