SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0801/2013
Fecha: 11-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante alega que, se han vulnerado los derechos fundamentales del accionante a la petición, al debido proceso y a la tutela judicial; debido a que, las autoridades demandadas emitieron el Auto Supremo 248/2012, declarando improcedente el recurso de casación planteado, sin ingresar a conocer el fondo del asunto, con el argumento de que el apoderado de Filiberto Camacho Andia “no tenía legitimidad” para interponer el mismo; esto, a decir del representante del accionante, a partir de una aparente incorrecta interpretación y aplicación de lo previsto por el art. 307.1 del CPP.1972. Por lo que, corresponde analizar en revisión si los actos denunciados son evidentes a objeto de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de la personalidad del agravio
- III.2. El requisito de la impugnabilidad subjetiva para la presentación del recurso de casación
- III.3. De los derechos invocados por el accionante
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR