SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2013

Fecha: 11-Jun-2013

concedió

La Jueza Segunda de Sentencia Penal del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 02/2013 de 2 de marzo, cursante de fs. 40 a 42 vta., concedió en parte la tutela, determinando se deje sin efecto el mandamiento de arresto 01/2013 de 14 de febrero, y disponiendo “no ha lugar a otorgar la tutela” con relación a Lidia Yurquina Arenas, por no haber emitido esta, el mandamiento de arresto, con los siguientes fundamentos: 1) El art. 391 del CPC, faculta al Juez de la causa sancionar todo acto irrespetuoso o de desobediencia, en su caso el arresto como sanción contra el infractor, sin perjuicio de la acción penal; 2) Se constata que la sanción impuesta por el Juez de Partido Segundo de Familia contra la accionante, aunque dirigida a precautelar los derechos de los menores y de la madre, no ha sido impuesta en audiencia; y, 3) Si bien se denuncia trato irrespetuoso y agresivo hacia Juana Márquez Quevedo y la citada Trabajadora Social, no es motivo suficiente para disponer el arresto, siendo que existen otros mecanismos legales para lograr el cumplimiento de las órdenes judiciales.