Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2013
Fecha: 11-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la amenaza de su derecho a la libertad, toda vez que, el Juez Segundo de Partido de Familia, expidió mandamiento de arresto en su contra poniendo en riesgo su embarazo; en ese sentido, pide se conceda la tutela, dejando sin efecto el mandamiento de arresto emitido de manera ilegal; por consiguiente, corresponde analizar en revisión, si los hechos denunciados son evidentes y sí en el caso concreto, la autoridad demandada vulneró el derecho invocado por la accionante.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- I. Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal. La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites señalados por ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias jurisdiccionales. II. Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley.
- sólo se puede restringir el derecho a la libertad en los casos previstos por ley,
- III.4. Análisis del caso concreto