SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2013
Fecha: 11-Jun-2013
1)
Ramiro Llanos Moscoso, Director General de Régimen Penitenciario, presentó informe escrito cursante de fs. 63 a 65, manifestando: 1) Por nota DGRP-DDRP 522/2013 de 28 de febrero, remite carpeta de Chonchocoro, adjuntando acta, informes del equipo multidisciplinario que sesionó el 28 de febrero del citado año, solicitando el traslado de varios privados de libertad entre ellos los accionantes Juan Efraín Gallardo Condori, Javier Wilfredo Solares Conde y Gedeón Tito Mamani; 2) El 4 de marzo de 2013, por Resoluciones Administrativas fueron trasladados los privados de libertad Juan Efraín Gallardo Condori, Javier Wilfredo Solares Conde y Gedeón Tito Mamani, como consta en el acta de sesión extraordinaria, los informes del equipo multidisciplinario, las denuncias presentadas por otros internos por atentar la pacífica convivencia; 3) Según sus atribuciones el Director General de Régimen Penitenciario, emitió Resoluciones Administrativas de traslado de los privados de libertad, notificando a las autoridades jurisdiccionales dicha decisión, cumpliendo con el debido proceso, sin coartar el derecho de ninguno de los accionantes; y, 4) Los accionantes recibieron la visita de sus familiares antes de ser trasladados.
Por su parte Rudy Argote Butkovic, Director del Recinto Penitenciario “San Pedro de Chonchocoro”, en audiencia manifestó que los privados de libertad que solicitaron su destitución como Director, anteriormente se habrían reunido para presentar denuncias contra otros internos, declarando estado de emergencia por quince días en aras de resguardar sus vidas a pesar de los hechos lamentables sucedidos el “27 de febrero”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De la acción de libertad alcance y finalidad
- III.3. Acción de libertad correctiva
- agravamiento ilegal de la situación del detenido o condenado
- III.4. Traslado de recinto penitenciario
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte