SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2013
Fecha: 11-Jun-2013
a)
La abogada de los accionantes ratificó los términos expuestos en el memorial de la acción presentada, señalando que: a) Debido al traslado de los accionantes sin orden judicial al Penal de San Pedro, al sector destinado a internos que afectan el orden disciplinario, éstos fueron amenazados, golpeados por internos, hechos que los guardias de seguridad tenían el deber de prevenir; b) En respuesta a la solicitud de los familiares para entrevistarse con los accionantes, el Director de Régimen Penitenciario autorizó una entrevista de 45 minutos, sin contacto directo; y, c) No se logró verificar el estado físico de los privados de libertad, en razón a que el médico forense se declaró incompetente ante la solicitud efectuada por los de familiares de los privados de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De la acción de libertad alcance y finalidad
- III.3. Acción de libertad correctiva
- agravamiento ilegal de la situación del detenido o condenado
- III.4. Traslado de recinto penitenciario
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte