Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0839/2013
Fecha: 11-Jun-2013
II.1.
II.1. El 28 de febrero de 2013, el Consejo Penitenciario de San Pedro de Chonchocoro, en sesión extraordinaria, resolvió el traslado de los internos Patricio Choquehuanca Canaviri, Juan Efraín Gallardo Condori, Gedeón Tito Mamani, Javier Wilfredo Solares Conde, Eloy Roldan Rondan, Jaime Cárdenas Pardo y Vladimiro Vega Plata, al Recinto Penitenciario de San Pedro de la ciudad de La Paz, posteriormente a Chonchocoro, con la finalidad de preservar el régimen disciplinario (fs. 82 a 83).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. De la acción de libertad alcance y finalidad
- III.3. Acción de libertad correctiva
- agravamiento ilegal de la situación del detenido o condenado
- III.4. Traslado de recinto penitenciario
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte