SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2013
Fecha: 17-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega que por motivos desconocidos, incomprensibles e inexcusables, la autoridad demandada incumplió la RA 0238/2012 de 3 de julio, que dispuso que en el plazo de treinta días se elabore el informe en conclusiones; no obstante, habiendo transcurrido cinco meses desde notificada y ejecutoriada dicha determinación, aún no se hizo efectivo lo dispuesto en la misma, lo que implicaría incumplimiento de deberes formales, que provocan graves y múltiples perjuicios a los poseedores y propietarios de los bienes inmuebles en proceso de saneamiento. Por consiguiente, corresponde analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos lesivos a los derechos del accionante con la finalidad de conceder o denegar la tutela reconocida por este medio de defensa.