SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0860/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0860/2013

Fecha: 17-Jun-2013

III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad

           De la interpretación de la disposición constitucional citada se infiere que, esta acción se encuentra destinada a la defensa del derecho a la vida y a la libertad personal; por lo tanto es una acción de carácter extraordinario, de tramitación especial y sumarísima, cuyo objeto es preservar el derecho a la vida, evitar una detención ilegal, o en su caso reparar la ilegal restricción de la libertad o el procesamiento indebido, razonamiento que concuerda con el contenido del  Código Procesal Constitucional, respecto al objeto de esta acción tutelar, en su art. 46, establece: “La Acción de Libertad tiene por objeto garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación, de toda persona que crea estar indebidamente o ilegalmente perseguida, detenida o procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro”. Estableciendo además, que ésta procederá, cuando cualquier persona crea que su vida está en peligro, que esté ilegalmente perseguida, indebidamente procesada e indebidamente privada de su libertad personal (art. 47).