SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0860/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0860/2013

Fecha: 17-Jun-2013

sino también de aportar la prueba pertinente

Los hechos denunciados de ilegales por el accionante no fueron desvirtuados por los demandados a través de la presentación de prueba correspondiente y es más, la autoridad fiscal en su informe sostuvo que en la demanda no se demostró la privación de libertad del accionante ni el incumplimiento del art. 125 de la CPE, no obstante que, de conformidad con la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.3 de este fallo, las autoridades demandadas tienen el deber procesal no sólo de presentarse en audiencia y brindar su informe, sino también de aportar la prueba pertinente; aspecto que, como se tiene dicho, no ha sido cumplido en el caso analizado.

         Por lo expuesto, este Tribunal concluye que la autoridad demandada que ordenó la privación de libertad y los efectivos policiales que ejecutaron el acto ilícito, lesionaron el derecho a la libertad del accionante, pero además el principio, valor y derecho a la dignidad, consagrados en los arts. 9.2 y 23 de la CPE, toda vez que su privación de libertad no se encuentra sustentada legalmente, al no existir norma legal alguna que faculte la detención del accionante ante su insistencia en la notificación -a la Fiscal demandada- con la conminatoria dispuesta por el juez cautelar; correspondiendo, en consecuencia, conceder la tutela que brinda la presente acción de libertad.