Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2013

    Fecha: 20-Jun-2013

    II.2.

    II.2.  El 8 de enero de 2013, Erwin Jiménez Paredes, Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, presentó informe, en el que refiere que no pudo realizar la audiencia que estaba prevista para el 3 de enero de 2013, porque se encontraba en el sepelio de su abuela, por lo que, para no incurrir en vulneración de derechos y garantías constitucionales dispuso se señale audiencia a la brevedad posible -9 de enero de 2013- (fs. 32 y vta. y 33 vta.).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • concedió
    • 3)
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad, sus características: de generalidad, inmediación, inmediatez e informalismo en la tutela
    • III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • la audiencia de cesación de la detención preventiva, debe ser fijada en el plazo máximo de tres días, y que toda solicitud de cesación debe ser providenciada dentro de las veinticuatro horas desde su presentación,
    • toda demora en su tramitación puede ser denunciada a través de la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • III.3.  De la complementariedad de los principios de la justicia plural en la tramitación de solicitudes de cesación a la detención preventiva
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca