Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0883/2013
Fecha: 20-Jun-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La representante del accionante ratificó el contenido de la acción, acotando que el Ministerio Público presentó una imputación con argumentos falsos, entrando en contradicción cuando reconoce que no existe control jurisdiccional, por lo que se ha perseguido a su defendido incumpliendo la “Sentencia Constitucional 1036”. En el contrato de anticrético otorgado por los señores Urrutia, no existe el nombre de su defendido, tampoco ha firmado ningún documento, por lo que no existe delito, sino actividad procesal defectuosa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- entre las competencias del Juez de Instrucción en lo Penal, está el ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR