SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0890/2013

Fecha: 20-Jun-2013

II.4.

II.4.    Consta denuncia presentada el 1 de octubre de 2012, por Santos Padilla Quispe, Secretario de Tierra Territorio de la Federación de Indígenas Originarios Campesinos Regional de la Gran Chiquitanía, sobre saneamiento fraudulento del predio “TAPORO”, ante el Director Departamental a.i. del INRA de Santa Cruz, pidiendo la nulidad de actuados del irregular saneamiento y posterior dotación a la Comunidad “15 de Marzo” (fs. 98 a 99). Asimismo existe la Certificación del Corregidor de Santa Rosa de la Mina, en la que hace constar que, el predio “TAPORO” se encontraba abandonada hace siete años, sin cumplir la función económico social por parte del accionante como supuesto propietario, donde se encuentra asentada la comunidad “15 de marzo” y que, el 3 de septiembre del referido año, apareció un supuesto dueño (Luis Fernando Jiménez Pérez) ingresando al predio con ganado y una oruga a realizar trabajos de desmonte (fs. 102).