Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0901/2013
Fecha: 20-Jun-2013
II.3.
II.3. Por Resolución 151/2008 de 22 de abril, la Jueza Décima Primera de Partido en lo Civil y Comercial, rechazó la oposición interpuesta, disponiendo la francatura del mandamiento de desapoderamiento sobre el bien inmueble ubicado en la Región de Alto Calacoto, calle 42, con numeración 121 de la zona de Chasquipampa, fallo que fue confirmado por Auto de Vista 475/2008 de 18 de diciembre, además de salvar los derechos de los oposicionistas a la vía legal que corresponda (fs. 422 a 423, 447 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR