Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0945/2013
Fecha: 24-Jun-2013
Fragmento 1
En revisión la Resolución 06/2013 SSA-I de 28 de febrero, cursante de fs. 108 a 110 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por María Elena Argandoña Arias contra Víctor Ramiro Estrada Arcienega Gerente General a.i. de la Cooperativa de Teléfonos Automáticos La Paz (COTEL) Ltda.,
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.3.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la estabilidad laboral en la normativa vigente
- III.4. Sobre el DS 28699 de 1 de mayo de 2006 y su modificación por el DS 0495
- Cuando el trabajador sea despedido por causas no contempladas en el artículo 16 de la Ley General del Trabajo, podrá optar por el pago de los beneficios sociales o por su reincorporación
- IV. La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación y únicamente podrá ser impugnada en la vía judicial, cuya interposición no implica la suspensión de su ejecución.
- declaró inconstitucional
- III.5. Sobre el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación de las y los trabajadores por la vía de la acción de amparo constitucional
- III.6. Análisis del caso concreto