Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2013
Fecha: 27-Jun-2013
II.2.
II.2. El 18 de febrero de 2013, se presentó acción de libertad con el argumento de que la autoridad jurisdiccional a cargo del proceso dispuso medida cautelar de detención preventiva contra el accionante, sin existir certificado médico forense y sin que se haya efectuado una investigación profunda respecto a los hechos por los que se le juzga (fs. 13 a 14).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ampliación y ratificación de la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- en caso de
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- III.3. El recurso de apelación incidental previsto en el art. 251 del CPP, como medio idóneo para impugnar resoluciones que impongan, rechacen o modifiquen medidas cautelares
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- CONFIRMAR