Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1022/2013
Fecha: 27-Jun-2013
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Señalada la audiencia para el 5 de julio de 2012, según consta en el acta de fs. 20 y vta. de obrados, la Secretaria del Juzgado informó que las partes fueron legalmente notificadas y con el informe presentado por el Juez demandado se dio por notificado, haciendo constar que no se encontraba presente “el Cabo Eduardo Quispe”; se produjeron los siguientes actuados:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Revocatoria de medidas sustitutivas a la detención preventiva: supuestos de procedencia
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Respecto de Alberto Zeballos Aguilera, Juez de Instrucción Mixto de San Julián
- III.2.2. Respecto de los funcionarios policiales
- III.2.3. Consideración sobre la actuación del Juez de garantías
- 4º Llamar la atención