SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1033/2013
Fecha: 27-Jun-2013
el fiscal impartirá instrucciones a los preventores e informará al juez de la instrucción sobre el inicio de la investigación,
Todos estos actos de los órganos de investigación están en concordancia con la Ley Orgánica del Ministerio Público 260 de 11 de julio de 2012 que de la misma forma determinan las funciones de los fiscales y policías en la investigación de los delitos, estando establecidas sus funciones en los arts. 12, 77, 78, 80 y 81 de la mencionada Ley.
En consecuencia se establece que la policía nacional es un organismo de investigación que tiene como función realizar conjuntamente con la Fiscalía la averiguación de un delito, siempre bajo la dirección funcional del representante del Ministerio Público que a su vez pondrá en conocimiento de la autoridad judicial competente sobre el inicio de investigación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- “1. Su vida está en peligro; 2. Está ilegalmente perseguida; 3. Está indebidamente procesada; 4. Está indebidamente privada de libertad personal”
- el primero, a consecuencia de los efectos de la desvinculación familiar, donde el juez en materia familiar define la situación de los hijos, teniendo en cuenta el mejor cuidado e interés moral y material de estos, determinación que debe estar sujeta a lo previsto por el art. 145 del Código de Familia (CF);
- III.3. Normativa penal vigente y órganos de investigación
- Corresponderá al Ministerio Público dirigir la investigación de los delitos y promover la acción penal pública ante los órganos jurisdiccionales.
- (Policía Nacional). La Policía Nacional, en la investigación de los delitos, se encargará de la identificación y aprehensión de los presuntos responsables, de la identificación y auxilio a las víctimas, de la acumulación y seguridad de las pruebas y de toda actuación dispuesta por el fiscal que dirige la investigación; diligencias que serán remitidas a los órganos competentes.
- noticia fehaciente de la comisión de un delito de acción pública informarán, dentro de las ocho horas de su primera intervención a la Fiscalía.
- el fiscal impartirá instrucciones a los preventores e informará al juez de la instrucción sobre el inicio de la investigación,
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR