SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2013

Fecha: 27-Jun-2013

a)

Los accionantes ratificaron su demanda y la ampliaron con los siguientes argumentos: a) Son empresarios, periodistas y han cumplido funciones en la administración pública, por lo que de manera amable acudieron a dependencias policiales; sin embargo, Rodolfo Uscamaita Cossío, de manera prepotente y armado de un palo de picota los reprimió, por haber consumido bebidas alcohólicas, y por estar acullicando coca, no obstante que el acullico constituye un derecho constitucional reconocido por el art. 384 de la CPE, y por la Organización de Naciones Unidas (ONU), por lo que no constituye delito; b) El funcionario policial también maltrató a sus parientes, amenazándolos que serían arrestados, si seguían reclamando por su libertad; y, c) Al no haberse apersonado al acto de presentación a las 8:30 del 3 de abril, persisten los riesgos de que puedan volver a ser perseguidos e ilegalmente aprehendidos por el funcionario policial demandado, ya que conoce sus datos personales y la dirección de sus domicilios, por lo que pidieron se determine la responsabilidad civil, penal, y se remita una copia a la máxima autoridad administrativa de la entidad donde presta sus servicios para el inicio de un proceso disciplinario.