Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0152/2013-RCA
Fecha: 29-Jul-2013
I.3. Petitorio
Solicita la tutela jurisdiccional constitucional, para que una vez realizados los trámites de ley, el Tribunal de amparo declare procedente y conceda la acción interpuesta, ordenando que de forma inmediata las autoridades accionadas cesen el acto ilegal, estableciendo la nulidad y modificación de las Resoluciones de Auto Final 070/2012 de 31 de mayo, recurso de revocatoria 076/2012 de 19 de junio, y recurso jerárquico 337/2012 de 22 de octubre, procediendo a la restitución inmediata a su fuente laboral con todos sus derechos y atribuciones de forma retroactiva a fines de octubre de ese año, sea con costas y multas.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2.
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- La acción de amparo constitucional podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses
- II.2.
- y si este permite impugnación se inicia el cómputo desde la última actuación efectuada en reponer el derecho vulnerado
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- CONFIRMAR