AUTO CONSTITUCIONAL 0152/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0152/2013-RCA

Fecha: 29-Jul-2013

improcedencia

La Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 35/2013 de 10 de junio, cursante de fs. 184 a 185, declaró la improcedencia de la acción       de amparo constitucional, con los siguientes fundamentos: a) Se señala de forma vaga los derechos que se habrían vulnerado por actos ilegales, tampoco consideró que es imperiosa la existencia coherente y armoniosa entre los hechos relatados y la lesión de los derechos constitucionales acusados de vulnerados; por lo que, no tuvo en cuenta que la causa de pedir contiene dos elementos: el fáctico y el normativo, entonces debió acreditarse el derecho constitucional lesionado, pues no existe una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho y/o garantía, más cuando se limita a realizar un copiado de artículos los cuales considera vulnerados, sin precisar de qué forma o cómo se han conculcado los mismos; y, b) En su petitorio, pretende la tutela de principios cuando la acción de amparo constitucional no protege éstos, además se solicita se declare la nulidad y modificación del Auto Final de Proceso Sumario Resolución 070/2012; pero, no considera que la acción interpuesta no es una vía ordinaria o casacional.