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    AUTO CONSTITUCIONAL 0152/2013-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0152/2013-RCA

    Fecha: 29-Jul-2013

    II.1. Marco normativo constitucional y legal

    El art. 128 CPE establece que; “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos o de persona individual o colectiva que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • I.2.
    • I.3. Petitorio
    • improcedencia
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal
    • La acción de amparo constitucional podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses
    • II.2.
    • y si este permite impugnación se inicia el cómputo desde la última actuación efectuada en reponer el derecho vulnerado
    • II.3.  Análisis del caso enviado en revisión
    • CONFIRMAR

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