Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0261/2013-CA
Fecha: 05-Jul-2013
Jueza Sexto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba
En consulta la Resolución de 12 de junio de 2013, cursante de fs. 95 a 98, pronunciada por la Jueza Sexto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba, por la que rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por María Elena Seleme de Sarmiento, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 87.II y III y 92.II de la Ley de Arbitraje y Conciliación (LAC), por vulnerar los arts. 25 y 56 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Jueza Sexto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- antes de la ejecutoría de la Sentencia
- no concurre prohibición alguna para que pueda interponerse en ejecución de sentencia, sobre normas aplicables en esta etapa, toda vez que se entiende que, dichas disposiciones se hallan configuradas y previstas precisamente para esa fase del proceso, y la decisión del juzgador aunque accesoria a la principal, por lógica depende de su constitucionalidad
- RATIFICAR