Sentencia: 0690/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0690/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

Segundo.-

Segundo.- Se certifica la existencia de los actos asumidos sin causa jurídica, únicamente en virtud al principio favor debilis, señalando que en el caso opera la excepción de acreditar la carga probatoria, por la imposibilidad de obtener la misma. Sin embargo, no se explica ni desarrolla, que circunstancias incidieron en la aplicación de tal principio, o que argumentos fácticos o jurídicos, llevan a la pertinencia de afirmar que en el caso, no sería necesario la acreditación de prueba.