Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0600/2013-L
Fecha: 03-Jul-2013
Fragmento 14
Por el accionante, su representante denunció que los Vocales de la Sala Penal Primera revocaron las medidas sustitutivas dispuestas por la Jueza a quo mediante Auto de 16 de julio de 2011, sin estar facultados a ello, por cuanto únicamente debieron dejarlo sin efecto para que ésta autoridad dicte uno nuevo; argumentando además que valoraron incorrectamente la prueba por la que acreditó su domicilio futuro, ante lo cual estableció que fueron lesionados sus derechos a la libertad, al debido proceso por reforma en perjuicio, a la “seguridad jurídica”, a la legalidad y a la presunción de inocencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. De la acción de libertad
- (…) Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- III.2.
- Fragmento 14
- III.3.
- CONFIRMAR