SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0607/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0607/2013-L

Fecha: 03-Jul-2013

Fragmento 12

A tiempo de analizar la problemática referida a la celeridad que debe imprimirse a las solicitudes de cesación de detención preventiva, la SCP   0110/2012 de 27 de abril, sostuvo: “La Convención Americana sobre Derechos Humanos en el art. 8.1, determina que toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial. Asimismo, el art. 14.3.c del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, consagra el derecho de toda persona acusada de un delito a ser juzgada sin dilaciones indebidas.