Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0611/2013-L
Fecha: 08-Jul-2013
I.2.3. Intervención del tercero interesado
La Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda Pando, como ente tercero interesado, manifestó que el ahora accionante no ha cancelado absolutamente ningún monto de su préstamo y con relación al proceso judicial, la notificación fue legalmente practicada, pues el coactivado como su esposa, conviven en un ambiente de la iglesia donde fue realizada la notificación, por otro lado su esposa asumió amplia defensa, al apersonarse y plantear excepciones y reposición con alternativa de apelación que incluso está pendiente de resolución.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y aclaración de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.2
- III.3.
- La
- III.4.
- CONFIRMAR