Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
II.4.
II.4. Nota CITE: DESP. 347/2011 de 16 de agosto, suscrita por Ana Lucia Reis Melena, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija -ahora codemandada- en la cual se dio respuesta al accionante, respecto al memorial de 11 de agosto del mismo año relacionado a la Resolución 01/2011, en la que señaló que contra la indicada Resolución se interpuso recurso de revocatoria ante el Ministerio de Trabajo (fs. 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Inamovilidad laboral de las mujeres embarazadas y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte