SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0671/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0671/2013-L

Fecha: 18-Jul-2013

denegó

El Juez Tercero de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz constituido en Juez de garantías; pronunció la Resolución 13/2011 de 24 de octubre, cursante de fs. 28 a 30, por la que denegó la tutela solicitada, disponiendo que corresponde al Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, señalar la audiencia de cesación a la detención preventiva al tratarse de una persona detenida, dentro del plazo de tres a cinco días a partir de la legal notificación con Resolución; bajo los siguientes fundamentos: a) La carga procesal que tienen los administradores de justicia, hace que los juzgadores tengan que habilitar horas extraordinarias para poder cumplir con su trabajo; b) La carga procesal no le permitiría a la autoridad demanda dar curso a lo impetrado; c) Cuando el accionante hace referencia a  su delicado estado de salud, debió acreditar lo indicado mediante certificado; y, d) Los señalamientos deben ser fijados en un plazo razonable, evitando vulnerar el principio de celeridad.