SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

II.3.

II.3. El 3 de agosto de 2011, el imputado argumentando un lapsus de omisión en la consignación de un medio probatorio básico y elemental, como sería el acta de inspección y reconstrucción, llevada a cabo por el Director de las investigaciones, ofreció dicha prueba, solicitando su admisión conforme a derecho y se la considere en audiencia conclusiva, petición que fue desestimada por la autoridad judicial por proveído de 4 del mismo mes y año, argumentando que conforme al art. 325 del CPP, modificado por la Ley 007 de 18 de mayo de 2010, se le concedió el plazo de cinco días para ofrecer su prueba (fs. 5 y vta.).