Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
II.5.
II.5. Memorandos de llamadas de atención de 27 de octubre de 2011, emitidos por la Jueza ahora demandada, para Germán Palenque Sueiro y Noelia Segovia, Secretario y Auxiliar, respectivamente, del Juzgado Tercero de Instrucción Penal del entonces Distrito Judicial de Cochabamba, por el que se puso de manifiesto la actitud pasiva y la inobservancia de las obligaciones de los referidos funcionarios, conminándoles a que en un plazo de quince días pongan todo en orden, bajo advertencia de solicitar una inspección a la Unidad de Régimen Disciplinario (fs. 16 y 17).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. El sobreseimiento y el nuevo entendimiento asumido por el Tribunal Constitucional Plurinacional sobre sus efectos
- 2)
- III.3. Análisis del caso concreto
- por parte
- CONFIRMAR