Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0714/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud a lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 75 de 14 de octubre de 2011, cursante de fs. 71 vta. a 73 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora del Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, sólo en cuanto al Juez demandado.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1.1.2.
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- III.2. El principio de celeridad en la administración de justicia
- III.3. Sobre la legitimación pasiva en la Acción de Libertad
- Existe una amplia jurisprudencia desarrollada con relación a la legitimación pasiva de los funcionarios subalternos del Órgano Judicial, que establece en los mismos la falta de legitimación pasiva, para ser demandados en las acciones tutelares
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Legitimidad pasiva en acciones de libertad
- concede
- CONFIRMAR