SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

denegó

La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 004/2011 de 12 de abril, cursante de fs. 197 a 203, denegó la tutela solicitada, sustentando su fallo en los siguientes fundamentos: i) La Constitución Política del Estado, estableció acciones de defensa constitucionales delineando las causales de procedencia o de activación, dentro de las cuales se encuentran la acción de cumplimiento y la acción de amparo constitucional explicando: a) En la actualidad no existe jurisprudencia, empero acudiendo a la legislación comparada, entre ellas la colombiana señala que esta acción es una garantía constitucional que precautela “El derecho a que las leyes y los actos administrativos se cumplan” (sic), concluyendo que la acción de cumplimiento es la que faculta a los ciudadanos, el derecho a acudir ante la justicia ordinaria para solicitar al servidor público dé efectivo cumplimiento a lo que dispone la ley; y, b) La acción de amparo constitucional consagrado en el art. 128 de la CPE, es un mecanismo para la protección de los derechos y garantías consagrados en la Norma Suprema los cuales hayan sido suprimidos, restringidos o amenazados por funcionarios o particulares; ii) Por lo expuesto, se estableció que al existir una conminatoria de reincorporación emanada por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social y al demostrarse el incumplimiento a la norma que pudiese vulnerar derechos, corresponde otra vía constitucional.