Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
II.4.
II.4. Contratos de prestación de servicios de 20 de febrero y 21 de mayo de 2004, por los que se la designa relacionadora el primero por el terminó de ochenta y cinco días, y el segundo por trescientos sesenta y cuatro días, designación que la realiza Edgar Bazán Ortega ex Alcalde Municipal de Oruro, en cuya cláusula sexta de ambos contratos se especifica “El presente contrato de acuerdo al art. 6to. De la Ley del Estatuto del Funcionario Público, por tratarse de la contratación de un servicio eventual no está sujeto a la ley general del trabajo, ni al Estatuto del Funcionario Público” (fs. 10 a 11).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.3.
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Servidor público y su distinción en el marco del Estatuto del Funcionario Público y su Reglamento
- (…) Funcionarios públicos de carrera y provisorios
- (…) La condición de funcionario provisorio en el ámbito municipal
- los funcionarios municipales comprendidos en el numeral 6 de la estructura administrativa del Gobierno Municipal, para efectos de su designación y remoción son considerados como personal administrativo provisorio y no así, como designados o de libre nombramiento, puesto que esa denominación compete sólo a los comprendidos en la categoría dos del art. 59 de la LM
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR