SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1074/2013
Fecha: 16-Jul-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Su mandante, es propietario del predio denominado “La colita”, ubicado en el km 80, lado este de la carretera San José - San Ignacio, con una superficie de 3.890 ha. que comprende desde el municipio de San José de Chiquitos, Primera Sección, hasta la Tercera Sección Municipal de San Rafael, provincias Chiquitos y Velasco del departamento de Santa Cruz, registrado debidamente en Derechos Reales (DDRR), bajo la Matricula 7.05.1.02.0000821.
En el mes de agosto de 2012, los demandados ingresaron de manera violenta y arbitraria en el extremo sud-oeste del predio señalado, concretamente en el área próxima al cerro que abarca una extensión de 500 ha. cubierta de bosque, superficie que se encuentra destinada a preservar la riqueza forestal y la biodiversidad existente en el área por sus características topográficas de suelo y las corrientes de agua que bajan de las serranías, precisamente aprovechando la densidad del bosque los demandados invadieron esta área sin ninguna autorización del propietario, procediendo a construir una vivienda rústica, un corral precario y chaquearon aproximadamente una hectárea, logrando alambrar 1.200 m2. de terreno, con la manifiesta intención de apropiarse mediante vías de hecho de toda esta superficie.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- improcedente”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. El derecho a la propiedad privada
- III.4. Sobre las medidas de hecho
- i)
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR