SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1074/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1074/2013

Fecha: 16-Jul-2013

III.4. Sobre las medidas de hecho

Este Tribunal manifestó que cuando se está frente a medidas de hecho que vulneren el derecho a la propiedad privada, excepcionalmente se concede la tutela de la acción de amparo constitucional, aun cuando no se hubieran agotado los medios o recursos previstos para la protección del derecho presuntamente vulnerado, estableciendo excepciones al principio de subsidiariedad.

En efecto, la SCP 0998/2012 de 5 de septiembre, (que moduló a la SC 0148/2010-R de 17 de mayo) señaló: “las vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por tanto, el control tutelar de constitucionalidad puede ser activado frente a estas circunstancias sin necesidad de agotar previamente otros mecanismos ordinarios de defensa”.