SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2013

Fecha: 16-Jul-2013

concedió parcialmente

Concluida la audiencia, el Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 26 de marzo de 2013, cursante de fs. 26 a 27, concedió parcialmente la tutela solicitada, bajo los siguientes argumentos: a) Conforme el acta notarial, se advierte que en dependencias de la FELCC, se denegó el acceso del abogado defensor al accionante por parte de la autoridad demandada; b) Respecto a la ilegalidad de la aprehensión, conforme el informe presentado por la autoridad demandada se procedió al arresto del accionante conforme previene el art. 225 del CPP y su posterior incomunicación, hecho que fue puesto a conocimiento del Representante del Ministerio Público, quien conforme la gravedad del caso y en previsión del art. 231 del Código citado, requirió verbalmente la reserva de la investigación, no existiendo ninguna ilegalidad; y, c) En cuanto a la negativa de acceso al abogado defensor, conforme el acta notarial se evidenció que la autoridad demandada, negó dicha asistencia al accionante; máxime, si el propio art. 231 del CPP, determina que el imputado debe ser asistido por su defensor antes de la realización de cualquier acto que requiera la investigación personal, siendo inviolable el derecho a la defensa conforme la Norma Suprema, derecho que fue vulnerado.