Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1106/2013
Fecha: 17-Jul-2013
II.1.
II.1. Dentro de la investigación penal seguida por el Ministerio Público contra Primo Gustavo Caballero Silva y otros, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, signado con el caso SC-B-507/2012, se llevó a cabo la audiencia de medida cautelar el 25 de mayo de 2012, por Simón Alarcón Vásquez, Juez de Instrucción Mixto de Buena Vista, donde la defensa de los imputados planteó incidente por actividad procesal defectuosa, que fue declarada improcedente. Contra dicha resolución se interpuso el recurso de apelación que fue concedida en el mismo actuado procesal y que se encuentra pendiente de resolución (fs. 61 a 66 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro“
- III.2. Sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas.
- dentro de la normativa procesal penal ordinaria, se encuentra el recurso de apelación incidental como un medio de impugnación a las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares, considerándose este un mecanismo idóneo y eficaz que busca corregir o enmendar errores o arbitrariedades cometidas por las autoridades judiciales.
- 1)
- III.3.3. Otras consideraciones finales
- CONFIRMAR en todo