Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2013
Fecha: 17-Jul-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante alega lesión al debido proceso y al derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable sin dilaciones, citando al efecto los arts. 115.I, 180.I y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14.3 inc. c) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- Dentro de este plazo se encuentra subsumido el plazo del término de la investigación preliminar efectuada por la Policía previsto por el art. 300 de la Ley 1970
- plazo para presentar la imputación formal
- veinte (20) días
- veinte días
- 1.
- 2.
- probabilidad
- conozca el informe y las diligencias realizadas por la Policía Boliviana
- Fragmento 19
- III.3
- III.4
- principios de legalidad, oportunidad, objetividad, responsabilidad
- 3º Disponer