SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2013

Fecha: 22-Jul-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que el 24 de julio de 2007, BISA SEGUROS Y REASEGUROS S.A., emitió a favor de la empresa UNITRANSE S.R.L. la renovación de la póliza de seguro 3004502 (renovación 24067) de automotores plus y el 15 de junio de 2007, se procedió a la renovación y emisión de la póliza 300415 de responsabilidad civil, ambas con vigencia de un año; por las cuales, se aseguraron las actividades de la empresa contratante como transportadora de hidrocarburos, cubriendo igualmente a los camiones que les prestan sus servicios, ello de conformidad al listado de movilidades presentado ante la Compañía aseguradora.

Luego, el 12 de septiembre de 2007, Cinthya Angulo, formalizó una denuncia de siniestro sufrido por el vehículo de su propiedad, camión cisterna marca Volvo, tipo F-12, con placa de circulación 1519 - GYT; el que ocurrió según la denunciante, al promediar las 3:00 horas del 10 del mes y año referidos, cuando transportaba diesel en la carretera Santa Cruz - Beni con destino a Trinidad, dando lugar a daños materiales en el vehículo y en el medio ambiente, debido al derrame de parte del hidrocarburo transportado.

En mérito al rechazo de cubrir el siniestro por parte de BISA Seguros y Reaseguros S.A., Dennys Bazoalto y Beatriz Galindo Granado en representación de UNITRANSE S.R.L. inició un proceso arbitral que concluyó con la emisión del Laudo Arbitral 003/09 de 3 de julio de 2009, el cual declaró probada en parte la demanda interpuesta, decisión contraria al orden público por realizar una incompleta y equivocada valoración de los elementos de juicio aportados por las partes; razón por la cual, contra esta decisión, interpuso recurso de anulación ante el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, autoridad que mediante Auto de Vista de 17 de agosto de 2012, declaró improcedente el recurso.