SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2013
Fecha: 23-Jul-2013
III.2. Análisis del caso concreto
En términos de la entidad accionante la interpretación de las autoridades demandadas resulta lesiva de los derechos al debido proceso y a la impugnación de las resoluciones, pues con su proceder se ha impedido la utilización de un mecanismo legal establecido en la Ley de Arbitraje y Conciliación a efectos de lograr la ejecución del Laudo Arbitral. De la revisión de antecedentes se evidencia que la Jueza de la causa por decreto de 17 de agosto de 2011, ante la solicitud de liquidación de intereses en atención a Laudo Arbitral, respondió estese al Laudo, es decir, denegó el auxilio judicial destinado a la ejecución del Laudo Arbitral, el representante de la empresa accionante apeló esa Resolución solicitando que se brinde el auxilio judicial, ante ello el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz, en suplencia de su similar Décimo Primero concedió el recurso en efecto devolutivo, ante lo cual las autoridades judiciales ahora demandadas emiten la Resolución I-352/12, disponiendo la anulación del Auto de concesión del recurso de apelación en atención al art. 70 de la LAC.
Ahora bien, de lo expuesto en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se tiene que este Tribunal se encuentra impedido de ingresar a realizar la interpretación de la legalidad ordinaria, salvo que el accionante cumpla necesariamente con el estándar argumentativo exigible, ello a efectos de lograr que la jurisdicción constitucional, analice y valore la labor hermenéutica de la jurisdicción ordinaria. En el caso concreto se evidencia que el accionante en el memorial se limitó a realizar una argumentación cual si este Tribunal sería una instancia casacional o por excelencia revisora de la jurisdicción ordinaria, soslayando, que para que este Tribunal ingrese a dilucidar si una interpretación fue correcta es necesario que el accionante cumpla con los requisitos argumentativos señalados en el Fundamento Jurídico III.1 de esta fallo, exponiendo, los criterios, principios y derechos que fueron vulnerados por las autoridades judiciales a momento de emitir su actuado judicial.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. La autolimitación en la justicia constitucional y la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR