Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1155/2013
Fecha: 26-Jul-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de sus derechos a la libertad, a la vida, a la seguridad física, a la “seguridad jurídica”, a la dignidad y a los derechos del menor, toda vez que la autoridad jurisdiccional demandada, habiéndole impuesto detención preventiva sin considerar su estado de gravidez el 27 de febrero de 2013, tampoco señaló hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, audiencia de cesación a la detención preventiva solicitada mediante memorial de 5 de marzo del mismo año.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- “otorgó”
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- indebidamente procesada
- tratándose de medidas cautelares de carácter personal
- III.2. Restricción del derecho a la libertad a mujeres en estado de gestación y/o con hijos menores de un año
- III.3. De la solicitud de cesación a la detención preventiva y el señalamiento de audiencia
- Se fije la audiencia en una fecha alejada, más allá de lo razonable o prudencial
- III.4. El hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- diez días
- CONFIRMAR