Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1155/2013
Fecha: 26-Jul-2013
III.4. Análisis del caso concreto
Por medio de la presente acción tutelar, se denuncia la falta de celeridad en la atención de una solicitud de señalamiento de audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva impuesta contra la representada del accionante sin considerar su estado de gravidez; problema jurídico que corresponde analizar y verificar si se encuentra vinculado con su derecho a la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- “otorgó”
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- indebidamente procesada
- tratándose de medidas cautelares de carácter personal
- III.2. Restricción del derecho a la libertad a mujeres en estado de gestación y/o con hijos menores de un año
- III.3. De la solicitud de cesación a la detención preventiva y el señalamiento de audiencia
- Se fije la audiencia en una fecha alejada, más allá de lo razonable o prudencial
- III.4. El hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- diez días
- CONFIRMAR